6.º Tanto en los locales de descanso como en los espacios mencionados en el apartado anterior deberán adoptarse medidas adecuadas para la protección de los no fumadores contra las molestias originadas por el humo del tabaco. 7.º Las puertas de comunicación a las escaleras no se desobstruirán directamente sobre sus https://edmundl554csy9.iyublog.com/profile