g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al examen y cuota de las prestaciones previstas en el presente Decreto. Para fin de procedimientos de rehabilitación las administradoras podrán organizar o contratar directamente en todo tiempo la atención del afiliado, con cargo a sus propios medios. Tratamiento al cual serán sometidos https://franky468wya3.wikitidings.com/user